Amparo Directo en Materia Penal en México
El amparo directo se promueve ante los Tribunales Colegiados de Circuito por conducto de la autoridad responsable. Con fundamento e el articulo 107, fracción V inciso a) constitucional y 176, de la nueva ,ley de amparo.
Por regla general se tramita en un sola instancia, con excepción de lo previsto en el articulo 107, fracción IX, constitucional.
Opera contra la presunta inconstitucionalidad de una sentencia definitiva o una resolución que ponga fin a juicio.
Excepcionalmente puede conocer la Suprema Corte de Justicia de la Nacion, funcionando en Pleno o en Salas mediante la facultad de atracción que ejercite conforme al articulo 107, fracción V ultimo párrafo, constitucional, y 4o de la nueva Ley de Amparo.
Procede contra:
1 Sentencias definitivas en materia penal:
a)Que impongan una pena privativa de libertad.
b)Que impongan multa.
c)Que sustituyan la pena de prisión por cualquier beneficio que determine la ley.
d)Que sean absolutorias.
e)Que decreten sobreseimiento en el juicio de origen de amparo
2 Contra sentencias definitivas:
a) Dictadas en incidente de reparación de daño exigible a personas distintas de los inculpados.
b) Dictadas en los incidentes de responsabilidad civil pronunciadas por los mismos tribunales que conozcan o hayan conocido de los procesos respectivos o por tribunales diversos, en los juicios de responsabilidad civil cuando ,a acción se funde en la comisión del delito de que se trate.
3 Contra sentencias o resoluciones que pongan fin a juicio, dictadas por tribunales militares cualesquiera que sean las penas impuestas en caso de ser condenatorias.
4 Contra sentencias dictadas por el juez o Tribunal de Justicia para adolescentes o su equivalente en que imponga una medida sancionadora u orientadora a un menor de 18 años.
No debe proceder contra las resoluciones reclamadas en el amparo, recursos ordinario que señale la ley de donde emana el acto reclamado.
Que se dicte en el proceso penal fallado en definitiva por Tribunales Unitarios de Circuito o Tribunales de Alzada de un Tribunal superior o Supremo de Justicia de cualquier entidad federativa , un juez de paz un juez menor, de primera instancia siempre que se trate del proceso mixto o tradicional, ya que, en el proceso acusatorio siempre se dictara por el Tribunal de Alzada o Tribunales Militares o en el proceso seguido por el Juez o Tribunal de Justicia para adolescentes o su equivalente.